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La Junta prohíbe las barras un mes después de abrirlas y adelanta el cierre a la 1:30
El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó este lunes, a última hora de la tarde, una serie de medidas especiales centradas en la hostelería y restauración, ocio nocturno, peñas, celebraciones y espectáculos públicos en todo el territorio de la comunidad ante el «notable incremento» de casos de la covid-19 registrado.
Las medidas, que surtirán efecto durante un periodo de 14 días sujeto a revisión, entrarán en vigor a partir de su publicación hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León.
El Gobierno autonómico corrigió así su intención inicial de aplicar medidas «quirúrgicas» que, en principio, se iban a centrar en la población sin vacunar, según se refirió por la mañana el vicepresidente, Francisco Igea, en alusión a la población joven. Y que, según puntualizó poco después el consejero de Fomento, Juan Carlos Suárez-Quiñones, evitarían «afectar de forma generalizada a sectores económicos».
Las medidas, de las que se informó en un comunicado emitido anoche, responden al «progresivo empeoramiento de la situación epidemiológica, que aconseja reforzar la prevención» para «contener» el incremento de los contagios mientras se avanza en el proceso de vacunación, «muy limitado en su velocidad inicial por la escasa llegada de viales», criticaron.
Entre las restricciones, destacan la prohibición de consumir en el interior de bares y restaurantes en barra o de pie apenas un mes después de que se permitiera -habían estado ocho meses cerradas-. Tampoco podrá superarse el 75 por ciento del aforo, con una limitación máxima de ocupación por mesa de diez personas. Además, se suprime cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles, o similares y se establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 1:30 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de la una de la madrugada.
Para combatir el botellón
Para combatir el botellón, la Junta también ha acordado que se mantengan cerrados los parques y espacios asimilados delimitados y susceptibles de cierre desde las 00:00 hasta las 07:00 horas, y se reforzarán los controles para impedir el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos.
También se acuerda el cierre de las discotecas y salas de fiesta para consumo en el interior del local, si bien podrán permanecer abiertas siempre que el consumo se realice en terrazas, donde se desarrollará en las mismas condiciones que el resto de establecimientos de hostelería y restauración.
A su vez, los establecimientos en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento como pubs, karaokes, bares especiales y otros, también tendrán como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 1:30 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 1:00 horas.
En este caso, el consumo dentro del local tampoco se podrá efectuar en barra o de pie, salvo para pedir y recoger la consumición, y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas. La máxima ocupación por mesa o agrupación de mesas será de 10 personas.
En todo caso, podrá procederse a la apertura de las terrazas al aire libre de estos establecimientos, en las mismas condiciones que el resto de las terrazas de establecimientos de hostelería.
Verbenas
Entre las nuevas restricciones también se establece que las peñas deben estar cerradas -tal y como se acordó hace diez días- y se establecen una serie de pautas para la celebración de actuaciones musicales, verbenas, bailes públicos y similares en espacios públicos, incluidos los llamados pasacalles.
Así, se indica que deberán realizarse en espacios cerrados, con el público sentado, con uso de mascarilla, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia. En espacios al aire libre, con el público sentado, con uso de mascarilla, si no se puede mantener la distancia de 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.
En estos casos, no se permite el consumo de alimentos y bebidas durante los espectáculos, y la celebración de este tipo de actividades deberá finalizar, como máximo, a las 01:30 horas. En cuanto a la celebración de procesiones y romerías, deberán realizarse en recinto acotado; su aforo máximo será del 75 por ciento con un límite máximo de mil personas al aire libre; los asistentes deberán estar sentados, manteniendo un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.Las personas asistentes deberán portar mascarilla si no es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal.
No se permitirán las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.
Aforos de piscinas
El acuerdo del Consejo de Gobierno también refleja un segundo bloque de recomendaciones para todo el territorio de la Comunidad, en el que se aconseja limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable. Se plantea además reducir el aforo máximo en piscinas al aire libre al 75 por ciento y en piscinas cubiertas al 50 por ciento, y se aconseja adelantar el horario de cierre en una hora al habitualmente establecido. Las limitaciones se plantean también para el acceso a playas fluviales y lacustres a partir de las 20 horas.
La Junta también recomienda desarrollar actividades teatrales en vías o espacios públicos con el público sentado y con un límite de aforo de cien personas al aire libre, y no beber ni consumir alimentos durante la celebración de los citados espectáculos.
Fuente: El Norte de Castilla